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Canarias

El IGIC de los coches usados en Canarias

En Canarias el IGIC general es del 7 %, y eso hace pensar que un coche va al 7 %. Casi nunca: un turismo va al 9,5 % o al 15 % según sus caballos fiscales, y una autocaravana al 15 %. Esto es lo que lleva cada vehículo en 2026 y cómo se aplica en una venta de ocasión.

Publicada el · Equipo de ZentoraAI · 3 min de lectura

En corto: turismo de hasta 11 CV fiscales, 9,5 %; de más de 11 CV fiscales, 15 %; autocaravanas y caravanas, 15 %; furgonetas de mercancías, 7 %; eléctricos, 0 %. En una venta de un coche usado comprado a un particular, ese tipo se aplica sobre el margen, como en el REBU del IVA.

Los tipos de IGIC de cada vehículo en 2026

Vehículo Tipo
Eléctricos (salvo QUAD/ATV) e híbridos que cumplan los requisitos0 %
Vehículos para personas con movilidad reducida, con reconocimiento previo3 %
Vehículos de mercancías (no pick-up), autobuses, ciclomotores, algunos mixtos de más de 1.800 mm de alto y taxis7 %
Vehículos de motor de hasta 11 CV fiscales9,5 %
Vehículos de motor de más de 11 CV fiscales, QUAD/ATV, caravanas, autocaravanas y remolques15 %

Los caballos fiscales (CVF) no son los caballos de potencia del motor: salen de una fórmula con la cilindrada y el número de cilindros, y vienen en la ficha técnica. Un 1.0 de tres cilindros ronda los 8 CVF; un 1.5 de cuatro cilindros puede pasar de 11. Antes de facturar, mira la ficha: medio caballo fiscal cambia el tipo del 9,5 al 15 %.

La ley tiene matices en casi todas las filas (qué cuenta como mixto adaptable, qué híbridos entran en el tipo cero, qué autocaravanas son de uso exclusivamente profesional). Si un vehículo está en la frontera, consúltalo con tu gestor antes de venderlo, no después.

El régimen de bienes usados con IGIC

El IGIC tiene su propio régimen especial de bienes usados, con la misma mecánica que el del IVA: si compraste el coche a un particular (o a otro revendedor que lo aplicó), el impuesto se paga sobre tu margen, no sobre el precio de venta, y va incluido dentro de él. La base es el margen × 100 ÷ (100 + tipo).

Con 3.000 € de margen, la diferencia entre aplicar el tipo general y el que corresponde es esta:

Si aplicas Base IGIC
7 % (el general)2.803,74 €196,26 €
9,5 % (turismo hasta 11 CVF)2.739,73 €260,27 €
15 % (más de 11 CVF, autocaravana)2.608,70 €391,30 €

Facturar una autocaravana al 7 % cuando le corresponde el 15 % deja casi doscientos euros sin ingresar por cada 3.000 € de margen. No es un error que se note al vender: se nota en una comprobación, con recargos.

Como en el IVA, la factura no desglosa el impuesto y menciona que se aplica el régimen especial de los bienes usados; el comprador no se lo puede deducir. Y como en el IVA, los gastos de taller no rebajan el margen: su IGIC se deduce aparte. La mecánica, con más ejemplos, está en cómo se calcula el IVA del REBU.

Dónde se declara: el modelo 420

El IGIC se declara ante la Agencia Tributaria Canaria, no ante la estatal, con el modelo 420 cada trimestre (del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre en los tres primeros) y el 425 como resumen anual. Si tienes coches con tipos distintos, cada uno va a su casilla de tipo.

Si vendes en la península un coche que no ha salido de Canarias

Pasa más de lo que parece, sobre todo con autocaravanas: una empresa canaria vende un vehículo a un cliente de la península. Esa venta puede llevar IVA y no IGIC, según dónde se entregue el vehículo, y se declara en otro sitio y con otro modelo. Es un caso para mirar con el gestor antes de emitir la factura, porque luego no se arregla cambiando el tipo.

Cómo no equivocarse de tipo coche a coche

Lo que funciona es que el tipo vaya en la ficha de cada vehículo, no en la cabeza de quien factura. En ZentoraAI, un negocio canario elige el IGIC en Ajustes y cada coche puede llevar su propio tipo: la factura, el libro del REBU, el beneficio de la ficha y el resumen del trimestre usan el de cada coche, y separan IGIC e IVA cuando tienes los dos. Más en ZentoraAI para concesionarios en Canarias.

Preguntas frecuentes

¿Qué IGIC paga un coche en Canarias en 2026?

Depende del vehículo. Un turismo de hasta 11 caballos fiscales va al 9,5 % y uno de más de 11 al 15 %. Las autocaravanas y caravanas van al 15 %, los vehículos de mercancías y los autobuses al 7 % y los eléctricos al 0 %.

¿Las autocaravanas pagan el 15 % de IGIC?

Sí, como regla general: el texto refundido del IGIC las incluye en el tipo del 15 %, salvo las que por su configuración sean de uso exclusivamente profesional. Si tienes dudas con un modelo concreto, consúltalo con tu gestor.

¿Existe el REBU en Canarias?

Sí. El IGIC tiene su propio régimen especial de bienes usados, con la misma mecánica que el del IVA: el impuesto se calcula sobre el margen de cada coche y va incluido en el precio.

¿Dónde miro los caballos fiscales de un coche?

En la ficha técnica del vehículo (la tarjeta de inspección técnica), donde aparece la potencia fiscal. No coincide con los caballos del motor: se calcula con la cilindrada y el número de cilindros.

¿Qué modelo se presenta para el IGIC?

El modelo 420 cada trimestre, ante la Agencia Tributaria Canaria, y el 425 como resumen anual.

¿Lo vemos con tus coches?

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Fuentes. Artículos 32 y 39 del Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, texto refundido de las normas del IGIC y del AIEM (publicado en el BOE), con las modificaciones de la Ley 9/2025 de Presupuestos de Canarias para 2026; tablas de tipos de la Agencia Tributaria Canaria a 1 de enero de 2026. Los tipos de IGIC cambian con cada ley de presupuestos canaria: compruébalos con tu gestor cada año.

Esto es una guía divulgativa, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Las normas cambian y cada caso tiene sus matices: antes de decidir, consúltalo con tu asesor o tu gestoría.