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REBU

REBU o régimen general: cuál aplicar al vender un coche

El régimen de un coche lo decide sobre todo cómo entró. Pero en las ventas a empresas hay margen para elegir, y elegir mal le cuesta dinero a alguien: a ti o a tu cliente. Esto es lo que manda en cada caso y la cuenta que conviene hacer antes de emitir la factura.

Publicada el · Equipo de ZentoraAI · 3 min de lectura

Lo primero: cómo entró el coche

El REBU solo se puede aplicar a coches que entraron sin IVA que deducir. La Agencia Tributaria lo concreta en cuatro orígenes:

A quién se lo compraste Cómo lo vendes
A un particularREBU (o general, si renuncias)
A otro compraventa que te lo vendió en REBUREBU (o general, si renuncias)
A una empresa cuya venta fue exenta (no se dedujo el IVA al comprarlo)REBU (o general, si renuncias)
A un empresario de otro país de la UE en régimen de franquiciaREBU (o general, si renuncias)
A una empresa que te cobró IVA y te lo dedujisteRégimen general, sin opción

Y dos casos que no pueden ir en REBU aunque el origen encaje: el coche que has usado tú para tu actividad, y el que has reparado gastando más de lo que te costó (la ley lo considera renovado, no usado).

Renunciar al REBU en una venta concreta

El REBU es voluntario venta a venta. Puedes vender un coche concreto en régimen general sin comunicarlo a Hacienda: facturas con IVA sobre el precio completo, el comprador lo ve desglosado y, si es empresa, se lo puede deducir. En el libro registro del REBU se indica que a esa venta se le aplicó el régimen general.

Si el coche te lo vendió un particular, no hay IVA de compra que deducir, así que en régimen general pagas el IVA de todo el precio, no solo del margen. ¿Por qué iba nadie a hacerlo? Porque a veces ese IVA lo recupera el comprador.

La cuenta con un comprador empresa

Un coche comprado a un particular por 10.000 €. Quieres quedarte neto con lo mismo que si lo vendes en REBU por 13.000 € (13.000 menos 520,66 € de IVA del margen = 12.479,34 €). Así le queda la operación al comprador según el régimen:

Para el comprador REBU General, deduce 100 % General, deduce 50 %
Paga en la factura13.000,00 €15.100,00 €15.100,00 €
IVA que recupera0,00 €2.620,66 €1.310,33 €
Le cuesta de verdad13.000,00 €12.479,34 €13.789,67 €

Tú cobras lo mismo en los tres casos. La diferencia es del comprador, y depende de cuánto IVA puede deducirse:

Cuando una empresa te pide «factura con IVA» para un turismo, pregúntale si se lo va a deducir entero. Muchas lo piden por costumbre y les sale peor.

Entre compraventas

Si vendes a otro profesional que lo va a revender, el REBU suele ser lo natural: él podrá volver a venderlo en REBU y cada uno paga IVA solo por su margen. Si se lo vendes en régimen general, él se deducirá tu IVA y tendrá que venderlo en régimen general; para él viene a ser lo mismo, pero tú habrás pagado IVA por el precio entero de un coche que te costó sin IVA.

Ventas a otro país de la UE

Aquí las reglas cambian bastante. Una venta en régimen general a una empresa de otro Estado miembro puede ir exenta como entrega intracomunitaria; una en REBU, no: tributa en España por el margen y la factura debe citar el régimen especial de la Directiva del IVA. Si exportas coches, hazlo con tu asesor delante: es donde más se equivoca la gente y donde los errores salen más caros.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir entre REBU y régimen general en cada coche?

Sí, siempre que el coche pueda ir en REBU (comprado a un particular, a otro revendedor en REBU, en una venta exenta o a un franquiciado de otro país de la UE). Puedes aplicar el régimen general a una venta concreta sin comunicarlo a Hacienda, indicándolo en el libro registro.

¿Qué pasa con un coche que compré con IVA?

Si te dedujiste el IVA de la compra, ese coche no puede ir en REBU: se vende en régimen general, con IVA sobre el precio completo, y el IVA que pagaste al comprarlo se deduce.

¿Cuánto IVA de un coche se puede deducir una empresa?

Para los turismos, la ley presume que están afectos a la actividad en un 50 %, salvo que se demuestre más. Hay vehículos que se presumen afectos al 100 %, como los de transporte de mercancías o de viajeros, los de autoescuela o los de representantes y agentes comerciales.

¿Una empresa puede comprar un coche en REBU?

Sí. Puede comprarlo, pero no se deducirá nada de IVA porque la factura no lo desglosa. Para una empresa que solo se deduce la mitad, el REBU suele ser incluso más barato.

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Fuentes. Artículos 135 a 139 de la Ley 37/1992 del IVA (régimen especial de bienes usados) y artículo 95 (deducción del IVA de los vehículos); operaciones a las que se aplica el REBU, en la sede de la Agencia Tributaria; Manual práctico de IVA 2026. Las cifras son un ejemplo calculado.

Esto es una guía divulgativa, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Las normas cambian y cada caso tiene sus matices: antes de decidir, consúltalo con tu asesor o tu gestoría.